VIOLENCIA DE GÉNERO

 

La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, que este mes hace años, fue concebida como medida para eliminar la violencia ejercida sobre las mujeres por el hecho de serlo, con el objetivo de dar una respuesta integral al problema de la violencia enfocada sobre la mujer en el ámbito de la pareja, configurando un modelo innovador en Europa. Así, aparte de las medidas penales, la ley prevé medidas de prevención, asistencia social y jurídica, y apoyo institucional y económico.

Con todo, ya superan el medio centenar las mujeres asesinadas debido a la violencia de género durante este año 2015 en España, haciéndose evidente que la propuesta de la ley no ha conseguido, más de una década después de la su aprobación, detener las muertes por violencia machista.

Quedarse pero con los datos del número de mujeres asesinadas es hacer una lectura miope de la problemática estructural que constituye la violencia machista, pues el asesinato no es la única forma de violencia, ni el de la pareja, su ámbito exclusivo . Las violencias son plurales y adoptan dimensiones muy diferentes.

De las mujeres asesinadas por el hecho de serlo, sólo una minoría habían presentado denuncia. Esto hace evidente que la denuncia no puede ser el único mecanismo para activar las medidas de protección en casos de violencia machista, y que es necesario apostar por la acción preventiva y la educación en la igualdad entre hombres y mujeres.

 

 

MARIONA ROIG ROSSELLO

ABOGADA EN ROIG & ROIG

@ROIGIROIG