¿COMO DESPEDIR A UN TRABAJADOR QUE HA ROBADO?

Desafortunadamente algunos empresarios se han encontrado delante de la circunstancia de descubrir que un trabajador a robado, por ejemplo material o directamente dinero de las cajas registradoras. En este post os explicaremos qué hacer delante de esta delicada situación y como el empresario debe actuar.

 

Consejos en caso de sospecha o indicios de robo por parte de un trabajador.

 

Si usted sospecha de robo por parte de un trabajador, debe tener en cuenta estos consejos que seguidamente explicaremos para lograr que usted controle la situación. Entendemos que es una situación complicada, porque no solo afecta el robo en sí causando un agravio para la empresa, sino algo más importante, se rompe el vinculo de confianza que pudiera existir con el trabajador.

 

El robo es un delito, y es motivo de despido directo, no obstante, para poder justificarlo es necesario tener pruebas, porque no se puede acusar a un trabajador gratuitamente sin tener pruebas contundentes que demuestren su culpabilidad.

 

Si usted sospecha bien por informaciones facilitadas por otros trabajadores o bien por indicios de que su trabajador ha sustraído dinero efectivo de la caja registradora o bien algún objeto material, que es extraído de la empresa sin consentimiento ni autorización de la empresa, le facilitamos algunos consejos que puede seguir para obtener su despido.

Consejo 1: Obtención de pruebas

En primer lugar, deberá recabar pruebas que acrediten que el trabajador ha robado, a eso nos referimos por ejemplo a:

 

Registro de los grabaciones de videovigilancia de la empresa. Estos solo serán validos si el trabajador previamente ha consentido y ha sido informado sobre su existencia, porque muchos tribunales no aceptan las grabaciones si no existe un consentimiento previo.  En consecuencia no se pueden instalar cámaras ocultas delante de sospecha de robo por parte del trabajador.

 

La Ley de Protección de Datos de Carácter Personal obliga al hecho que las empresas informen a sus trabajadores de la existencia de cámaras de vigilancia y la existencia de un fichero con datos de carácter personal.

 

Si alguien ha presenciado el delito puede ser una prueba, desafortunadamente puede ser que esta persona que haya observado el hecho se negué a comparecer delante de un juicio, o si bien, se trata de un cliente o un proveedor, no le quiera hacer pasar por esa situación.

 

Reunir pruebas requiere tiempo, porque puede ser que el trabajador no lo haga de forma habitual sino ocasionalmente. Por lo cual se requerirá de paciencia y habilidad para obtener las pruebas que puedan afirmar y corroborar el delito que se le atribuye al trabajador.

Consejo 2: Obtener la confesión del trabajador

 

En muchas ocasiones es difícil obtener pruebas, ya sea porque no existen cámaras de vigilancia ( y tampoco autorización del trabajador) o bien porque nadie quiere testimoniar en su contra, delante de esta situación usted deberá poner entre la «espalda y la pared» al trabajador y obtener su confesión.

 

Podemos decirle abiertamente que sospechamos de sus hurtos y por eso será despedido.

 

Normalmente el trabajador asume la culpa y el empleado no se opondrá al despido, llegando incluso a un acuerdo entre las partes.

 

Por eso, y para acompañar el despido, deberá redactar una carta con el mayor rigor posible y detalle de todas las acusaciones que se le otorgan al trabajador.

 

Podrá incluir la descripción de los motivos que le han llevado a despedir al trabajador, en este caso su abogado laboralista deberá ayudarlo con la redacción de esta, porque hay que incluir los artículos de convenios y la normativa que contemplan esta situación.

 

Es indispensable explicar qué ha robado el trabajador, así como los días en los que ha ocurrido, los lugares donde se ha cometido y cualquier información que acredite y justifique las acusaciones que se le atribuyen a la persona.

 

Si a pesar de estos consejos el trabajador no quiere llegar a un acuerdo y en consecuencia hay que llegar a juicio, deberá tener en cuenta que solo podrá alegar los hechos que hayan sido incluidos en la carta de despido junto con las pruebas que acrediten los mismos, si no se logra acreditar los hechos descritos en la carta, el juez podría declarar el despido como improcedente.

 

Si tras la lectura de estos consejos usted necesita soporte y las indicaciones de nuestro abogado laboralista, puede contactar al correo electronico laboral@roigiroig.com

 

Alejandro Roig

Abogado Laboralista