La plusvalía municipal

¿Qué ha pasado con la plusvalía municipal? ¿Qué liquidaciones se pueden recurrir?

 

Este último mes los medios de comunicación se han llenado de noticias sobre los cambios que está sufriendo el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, más conocido como Plusvalía Municipal. Pero, ¿Sabemos cuál es el origen de todo ese impacto mediático? Y lo que es más importante, ¿Tenemos todos claro si podemos o no recurrir nuestras liquidaciones? ¡Te lo explicamos!

 

¿Cuál es el origen del cambio?

Todas estas noticias derivan de la Sentencia del Tribunal Constitucional de 26 de octubre de 2021.

Esta sentencia declara inconstitucional y anula varios artículos de la Ley de Haciendas Locales, concretamente aquellos artículos que hacen referencia al método utilizado hasta ahora para calcular la base imponible de la plusvalía municipal.
El efecto de esta sentencia supone la eliminación de estos preceptos legales de nuestro ordenamiento jurídico, de modo que ya no serán de aplicación y en consecuencia la plusvalía dejará de ser liquidable.

 

¿Cuáles son los efectos de la sentencia?

No todas las liquidaciones podrán ser recurridas en base a esta sentencia, pues el propio texto del constitucional limita sus efectos temporales.

Así, deja claro que no tendrá efectos retroactivos, esto significa que no será aplicable a liquidaciones o autoliquidaciones que sean de fecha anterior a la sentencia.

De igual modo, especifica que tampoco se podrá recurrir en base a esta sentencia aquellas liquidaciones que se hayan notificado con anterioridad al 26 de octubre y que todavía estén en período de recurso. Éstas, podrán recurrirse por los mismos motivos de recurso que venían existiendo hasta ahora.

Si que se podrán recurrir en base a esta sentencia y pedir que sean anuladas por estar calculadas en base a una norma inconstitucional, aquellas liquidaciones que hayan sido notificadas con posterioridad al 26 de octubre.

 

Pese a lo anterior, existen muchas dudas sobre los efectos temporales en algunos supuestos concretos, que quedan pendientes de aclaración por la numerosa jurisprudencia que surgirá a raíz de esta sentencia.

Si últimamente has pagado o te ha llegado una liquidación de plusvalía y no sabes cuáles son tus opciones, ponte en contacto con nosotros llamando al 973270670 o enviando un correo electrónico a roser@roigiroig.com.

Roser Casas Salud
Abogada