INGRESO MÍNIMO VITAL
QUÉ ES, QUIÉN Y CUÁNDO SE PUEDE SOLICITAR?
¿QUÉ ES EL INGRESO MÍNIMO VITAL?
El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es una prestación no contributiva que financia la Seguridad Social y que constituye una renta básica para garantizar unos ingresos mensuales mínimos y que va destinada a los hogares en una situación económica vulnerable, con el objetivo de prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social. En la actualidad en España la tasa de paro se encuentra por encima del 14%, esto implica que muchas familias se encuentren paradas y no tengan los ingresos necesarios para cubrir las necesidades básicas.
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación de carácter permanente, que durará mientras dure la situación de vulnerabilidad económica de la persona o unidad de convivencia que lo haya solicitado, la cuantía oscilará entre 462 € y 1.015 € al mes en función del número de beneficiarios.
El IMV será compatible con las rentas mínimas otorgadas por las Comunidades Autónomas, becas o ayudas a la vivienda que se estén recibiendo.
¿QUIÉN PUEDE PEDIRLO?
Pueden ser beneficiarias del Ingreso Mínimo Vital las personas de 23 años o más y los menores de 65 años que vivan solos o en unidad de convivencia en los términos que establece la ley. También podrán solicitarla los mayores de edad menores de 23 años si tienen hijos a su cargo.
Todas las personas que lo soliciten deben cumplir los siguientes requisitos:
- Residencia legal en España de forma continuada al menos durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud.
- Encontrarse en situación de vulnerabilidad económica.
- Haber solicitado las demás prestaciones y pensiones a las que tengan derecho, con algunas excepciones.
- Constar inscritos como demandantes de empleo.
- Si el solicitante vive solo, se le exige que los 3 años previos haya vivido de forma independiente a los progenitores.
Si usted desea comprobar si cumple los requisitos puede verificarlo en el simulador del ingreso mínimo vital.
¿CUANDO SE PUEDE SOLICITAR?
El plazo para solicitar el Ingreso Mínimo Vital comenzará el próximo 15 de junio. Tendrán efectos desde el día 1 de junio aquellas solicitudes presentadas entre el 15 de junio y el 15 de septiembre y que hayan sido reconocidas.
El plazo para resolver la solicitud del Ingreso Mínimo Vital es de 3 meses desde la fecha de presentación, si transcurrido este plazo no se ha recibido una respuesta se considerará denegada la solicitud.
¿COMO SE PUEDE SOLICITAR?
Para hacer la solicitud del Ingreso Mínimo Vital no será necesario acudir a la oficina, se podrá tramitar de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social.
En caso de querer ampliar esta información, o querer solicitar la prestación, contacta con nosotros, en Roig & Roig Economistas – Abogados – Auditores podemos resolver tus dudas o tramitar tu solicitud con todas las garantías. Consúltenos sin compromiso por teléfono al 973 270 670 o bien a roser@roigiroig.com
Roser Cases Salud
Abogada
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