Una de las dudas más habituales —tanto entre trabajadores como entre empresarios— es cuándo se generan las vacaciones y a partir de qué momento se pueden disfrutar. Aunque a simple vista parezca algo sencillo, en la práctica surgen muchas preguntas. Vamos a aclarar las vacaciones del trabajador paso a paso.

 

¿Cuántos días de vacaciones tiene derecho un trabajador?

La legislación laboral española establece que el mínimo legal es de 30 días naturales al año (o 22 días laborables), aunque el convenio colectivo puede mejorar esta cifra.

Importante: los días de vacaciones no se pueden sustituir por dinero, salvo si la relación laboral termina y quedan días pendientes de disfrutar.

 

¿Desde cuándo se empiezan a generar las vacaciones?

Las vacaciones se generan desde el primer día de trabajo, de forma proporcional al tiempo trabajado. No hace falta llevar un año entero en la empresa para tener derecho a vacaciones.

Ejemplo:
Si una persona empieza a trabajar el 1 de abril, y el año natural tiene 30 días naturales de vacaciones, para el mes de agosto (después de 4 meses) ya habrá generado 10 días naturales aproximadamente.

 

¿Cuándo puede un trabajador empezar a pedirlas?

Desde el momento en que haya acumulado días suficientes, puede pedir vacaciones. No existe una «espera mínima» obligatoria por ley, pero la empresa debe autorizar el disfrute en función de la organización interna y respetando los criterios del convenio.

En algunos convenios, sí puede establecerse un plazo mínimo de preaviso o antigüedad para disfrutar ciertos periodos de vacaciones (por ejemplo, en los contratos temporales o de sustitución). Siempre conviene revisar lo que diga el convenio aplicable.

 

¿Quién decide cuándo se disfrutan?

Las vacaciones deben pactarse entre empresa y trabajador.

  • No puede decidirlo unilateralmente el trabajador.
  • Tampoco la empresa puede imponerlas sin negociar.

Lo más habitual es que haya un calendario de vacaciones acordado por adelantado. Si no hay acuerdo, será un juez quien resuelva en caso de conflicto.

 

¿Qué pasa si el contrato termina antes de disfrutar las vacaciones?

Si una persona termina su contrato y le quedan vacaciones generadas, la empresa debe pagarlas en el finiquito como vacaciones no disfrutadas.
Esto se aplica tanto en contratos indefinidos como temporales.

 

¿Y si el trabajador no ha generado suficientes días?

En ese caso, la empresa no tiene obligación de conceder vacaciones todavía.
Por ejemplo, si alguien empieza a trabajar el 1 de junio y pide 15 días en julio, solo habría generado unos 5 días. Se podría conceder el resto «a cuenta», pero la empresa puede negarse justificadamente.

 

Recomendaciones prácticas para empresas

  • Revisa el convenio colectivo de aplicación: algunos regulan condiciones específicas.
  • Establece un calendario anual de vacaciones con el equipo, al menos con 2 meses de antelación.
  • Deja constancia por escrito de las vacaciones acordadas.
  • Consulta con tu asesor laboral en casos especiales (ej. contratos a tiempo parcial, reducciones de jornada, maternidad, etc.).

 

En resumen

Un trabajador empieza a generar vacaciones desde su primer día de trabajo y puede disfrutarlas una vez haya acumulado días suficientes, siempre con el acuerdo de la empresa.

Gestionar las vacaciones correctamente evita malentendidos y mejora el clima laboral. Si tienes dudas, lo mejor es consultarlo con tu asesor de confianza, que podrá ayudarte a interpretar el convenio, calcular los días generados y documentarlo todo correctamente.

¿Tienes casos concretos que quieres revisar o situaciones más complejas en tu empresa?
Estamos aquí para ayudarte a gestionarlo con seguridad y claridad.

Thaïs Amor