Descargar el borrador y los datos fiscales para la renta 2020, paso a paso

 

Ya está activa la campaña de la renta 2020 y des de la página web de la Agencia Tributaria ya se puede acceder a los datos fiscales del IRPF 2020.

Oficialmente a partir del 7 de abril de 2021, los contribuyentes podrán obtener el borrador y los datos fiscales de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por medios telemáticos en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria

 

Los contribuyentes podrán acceder a su borrador y a sus datos fiscales donde podrán modificar, confirmar y/o presentar el borrador de declaración.

 

Os aconsejamos NO confirmar el borrador, aunque salga a devolver y el importe os pueda atraer mucho, recordamos que en muchas ocasiones los borradores que confecciona la agencia tributaria pueden contener errores, por lo tanto, os recomendamos comprobar todos los datos que salgan el mismo.

 

Para poder acceder a su borrador y/o datos fiscales será necesario disponer:

  1. a) Certificado electrónico reconocido.
  2. b) «Cl@ve PIN»
  3. c) Número de referencia.

 

El número de referencia podrá solicitarse por medios electrónicos a través de Internet en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, en el  video os explicamos como hacerlo.

 

Para obtener el número de referencia ,  se deberá comunicar el número de identificación fiscal (NIF) y la fecha de caducidad del documento nacional de identidad (DNI) o el número de soporte del número de identidad de extranjero (NIE), salvo en el caso de que el documento nacional de identidad (DNI) sea de carácter permanente (fecha de caducidad 01/01/9999), en cuyo caso deberá comunicarse la fecha de expedición o, en el caso de que sea un número de identificación fiscal (NIF) que comience con las letras K, L, M, y en determinados supuestos de NIF permanentes, deberá comunicarse la fecha de nacimiento.

 

 

Además, deberá aportarse el importe de la casilla 505 de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio 2019, «Base liquidable general sometida a gravamen», salvo que se trate de un contribuyente  que  el año 2019 no hubiera realizado declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en cuyo caso se deberá aportar número de cuenta bancaria española (con IBAN) en el que figure el contribuyente como titular en fecha de 31 de diciembre de 2020.

El plazo de presentación de las declaraciones del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas será el comprendido entre los días 7 de abril y 30 de junio de 2021, ambos inclusive.

Así mismo, se podrá presentar la declaración del Impuesto sobre la renta de las Personas Físicas en las oficinas de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, exclusivamente para aquellos contribuyentes que cumplan los requisitos que consten en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en Internet, y previa solicitud de cita, así como en las oficinas habilitadas por las Comunidades Autónomas, Ciudades con Estatuto de Autonomía y Entidades Locales para la confirmación del borrador de declaración y su inmediata transmisión electrónica.

 

Os recordamos que tenéis a vuestra disposición nuestros expertos en Renta en el teléfono 973 270 670 o en el correo electrónico fiscal@roigiroig.com.

 

Laura Castillo

Dep. Fiscal · Declaraciones de Renta