CIERRE FISCAL Y CONTABLE
Camino a 2018
El cierre fiscal y contable de su empresa se acerca, a poco más de un mes para finalizar el ejercicio 2017, conviene realizar una estimación del año que está a punto de acabar. La previsión del cierre fiscal y contable debe realizarse para poder obtener una perspectiva de la carga fiscal que deberá asumir la empresa una vez termine el año, así mismo, el cierre fiscal y contable también nos permitirá tener la capacidad de actuar en los diferentes ámbitos que puedan afectar a la empresa.
El cierre fiscal y contable es de gran utilidad, pues por su naturaleza intrínseca permite reflejar la imagen fiel del patrimonio, de la situación financiera y de los resultados de la empresa. La contabilidad debe ser neutral y libre de errores, por ello la comprobación se debe realizar con rigor y verificar que no existen fallos.
Deberá tener en cuenta las novedades más relevantes aprobadas durante este año y que pueden afectarle al Impuesto sobre Sociedades, IRPF o IVA, las cuales son de gran trascendencia para el cálculo del cierre del ejercicio fiscal y contable.
Por ello, es recomendable realizar un checklist para verificar la contabilidad de su empresa con el objetivo de obtener una cuenta de resultados y un balance de situación que nos permita valorar de la forma más exacta posible la empresa.
Aspectos a tener en cuenta en el cierre del ejercicio fiscal y contable.
- Control y revisión de las cuentas 6 y 7. Es conveniente repasar todas las cuentas que afectan directamente a la cuenta de explotación. Supervisar que todos los ingresos sean correctos así como todos los gastos que afectan directamente a la actividad y que han sido correctamente reflejados en las autoliquidaciones de IVA.
- Control de Tesorería, revisión de todos los saldos bancarios realizados durante el ejercicio. Contabilización de préstamos bancarios, reclasificación de deudas, saldos de pólizas, intereses y comisiones, y por último comprobación del saldo bancario al 31/12.
- Revisión de todos los saldos de las cuentas de clientes, proveedores y acreedores. Confirmar que los saldos sean coincidentes, para una mayor comprobación puede descargar Modelo comprobación cierre fiscal y contable.
- Chequeo de las cuentas relacionadas con las administraciones públicas: IVA, retenciones, seguros sociales, pagos a cuenta, etc. Asegurarse de que las liquidaciones trimestrales estén hechas correctamente.
- Control de existencias.
- Tratamiento fiscal de las operaciones vinculadas.
- Amortizaciones de los activos, diferenciando entre la amortización fiscal y la contable.
- Chequear gastos contables derivados de multas, sanciones, donaciones o donativos que afectaran directamente al impuesto de sociedades y que deberán ajustarse extracontablemente al realizar el impuesto de sociedades del ejercicio.
- Valorar las posibles deducciones y beneficios fiscales que puedan ser aplicados según la normativa vigente. Amortización acelerada, libertad de amortización, reserva de capitalización, reserva de nivelación, leasing, gastos de I+D, etc..
- Por último, contabilizar el impuesto de sociedades una vez se haya realizado todas las recomendaciones previas.
Una vez realizado el checklist, recomendamos para hacer un correcto cierre fiscal y contable efectuar una comparativa con ejercicios pasados, en primer lugar este análisis nos permitirá valorar la evolución de la empresa respecto ejercicios pasados y obtener una mayor capacidad de análisis para la toma de decisiones en el cierre fiscal y contable de la empresa. El resultado provisional obtenido permitirá una estrategia de gestión más efectiva y planificada.
Muchos empresarios toman decisiones en base al cierre del ejercicio fiscal y contable, por ejemplo la ampliación de la empresa, la compra de activos, los incrementos salariales, la necesidad de financiación, etc. En consecuencia, en este mes y medio que falta para finalizar el ejercicio debe realizarse un pre cálculo del ejercicio fiscal y contable del año 2017, pues si se precisa necesario, las acciones que deban realizarse tendrán que ser efectuadas antes del día 31 de diciembre.
Les informamos que pueden ponerse en contacto con nosotros, al objeto de resolver dudas o aclaraciones que puedan surgir en el proceso del cierre fiscal y contable del ejercicio.
Thaïs Amor
Dep. Fiscal y Contable
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