Os prometimos en las primeras entradas de la renta que intentaríamos poner casos reales y hablar en un lenguaje menos técnico. Hoy os explicaremos el caso de un chico que vino a nuestro despacho porque había oído algo en las noticias y le surgieron las dudas.
Este chico heredó un piso y una moto de un tío que murió, siendo él el único heredero sin familiares más próximos. Para él era todo nuevo y no sabía muy bien que hacer, en este caso vino para informarse de todos los pasos que tenía que hacer para el proceso de la herencia y las dudas que le surgieron al pensar en los impuestos que debería pagar si la aceptaba.
¿Qué tributación tiene la herencia de un piso y una moto?
Cuando se hereda, no se tributan directamente en la declaración de la renta (IRPF) en el momento de la herencia o su aceptación, sino, en su lugar, se liquida el Impuesto de Sucesiones. Sin embargo, más adelante pueden afectarte en la renta si los vendes o los alquilas.
1. Impuesto de Sucesiones (NO IRPF)
Antes de preocuparte por la renta, lo primero que debes pagar es el Impuesto de Sucesiones, que varía según la comunidad autónoma y el grado de parentesco.
- Tíos y sobrinos tributan en el Grupo III → No tienen tantas reducciones como hijos o cónyuges.
- Cada comunidad autónoma aplica diferentes bonificaciones y reducciones.
💡 Ejemplo orientativo (según comunidad):
- Si heredas un piso de 200.000 € y una moto de 5.000 €, en algunas regiones podrías pagar entre 5.000 € y 40.000 € en el Impuesto de Sucesiones.
💡 Recomendación: Verifica las bonificaciones en tu comunidad autónoma, ya que algunas permiten importantes reducciones para herencias entre familiares, en función del grado de parentesco u otras circunstancias.
3. ¿Cómo afecta en la Declaración de la Renta?
Una vez heredados, estos bienes no tributan en el IRPF, es decir, por tenerlos no hay que pagar, salvo que tengas estas circunstancias:
A) Si alquilas el piso: como has heredado quizá decidas alquilar el inmueble, en este caso esta operación de alquiler SI tendrá una repercusión en la renta y tendrás que declararlo:
- Deberás declarar los ingresos del alquiler como rendimiento del capital inmobiliario.
- Podrás deducir gastos (IBI, seguros, comunidad, intereses de hipoteca si la hay).
- Si el inquilino usa el piso como vivienda habitual, puedes aplicar una reducción del 60% sobre los ingresos netos.
B) Si vendes el piso o la moto: una vez heredado, decides vender, en este caso,
- Si decides vender el piso o la moto, sí tributarás en la renta por la ganancia patrimonial obtenida.
- La base de cálculo de la ganancia patrimonial es:
Ganancia = Precio de venta – Valor de adquisición (herencia)
Ejemplo con el piso:
- El piso se valoró en 200.000 € en la herencia.
- Lo vendes después por 250.000 €.
- La ganancia patrimonial es de 50.000 €, que tributa en el IRPF así:
- 19% por los primeros 6.000 € → 1.140 €
- 21% entre 6.000 € y 50.000 € → 9.240 €
- Total a pagar en renta: 10.380 €
Ejemplo con la moto:
- Moto heredada con valor de 5.000 €.
- Se vende por 6.500 €.
- Ganancia patrimonial: 1.500 €
- Se tributa al 19% → 285 €
💡 Importante: Si han pasado muchos años desde que heredaste el piso, es posible que puedas actualizar el valor de adquisición y reducir la ganancia patrimonial.
3. ¿Qué impuestos pago si sigo teniendo el piso y la moto sin venderlos?
- IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) anual por el piso.
- Impuesto de Circulación anual por la moto.
- Imputación de rentas inmobiliarias: Si el piso no está alquilado ni es tu vivienda habitual, Hacienda te imputa un 1,1% o 2% del valor catastral como renta presunta en la declaración.
En resumen:
- Si solo heredas, pagarás el Impuesto de Sucesiones, pero NO tributarás en la renta.
- Si vendes el piso o la moto, deberás pagar en la renta por la ganancia patrimonial.
- Si alquilas el piso, tributarás por los ingresos en el IRPF en el apartado que corresponda junto con otros rendimientos que puedas tener, por ejemplo, si tienes la nómina y el alquiler, tendrás dos tipos de rendimientos.
- Si lo mantienes sin vender ni alquilar, solo pagarás IBI y, en algunos casos, imputación de rentas.
Si quieres reducir impuestos, es importante valorar opciones como vender en el mejor momento o aplicar deducciones. En Roig & Roig hacemos simulaciones previas a algunas operaciones para valorar que repercusión pueden ocasionar situaciones como las explicadas en esta entrada.
Thaïs Amor
Dep. Fiscal – Comptable
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