La campaña de la renta correspondiente al ejercicio 2025 empezará en y finalizará el 30 de junio de 2026 . Como cada año, la declaración del IRPF incorpora algunos cambios y novedades que pueden afectar tanto a trabajadores, autónomos como empresarios.
A continuación resumimos los principales aspectos a tener en cuenta.
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Obligación de declarar para más contribuyentes con varios pagadores
Sigue siendo obligatorio presentar la declaración cuando se perciban ingresos de dos o más pagadores si se superan determinados límites.
Este caso es especialmente habitual cuando existe:
- cambio de empresa durante el año
- prestaciones por desempleo
- ERTO o subsidios
Muchas personas piensan que si siempre les han devuelto dinero, seguirá siendo así, pero con varios pagadores es habitual que la declaración salga a pagar .
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Nuevas obligaciones para autónomos
Los trabajadores autónomos deben presentar la declaración de la renta en cualquier caso , independientemente de los ingresos obtenidos.
Esta obligación se deriva de los cambios introducidos con el nuevo sistema de cotización de autónomos vinculado a los rendimientos reales.
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Mayor control sobre ingresos digitales
La Agencia Tributaria sigue incrementando el control sobre determinados ingresos, especialmente:
- ventas en plataformas digitales
- actividades económicas en internet
- cobros por servicios digitales
- criptomonedas
Cada vez existe más intercambio de información con plataformas y entidades financieras.
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Deducciones autonómicas
Las deducciones autonómicas siguen teniendo un papel importante y pueden suponer un ahorro fiscal relevante.
Entre otros, destacan deducciones relacionadas con:
- alquiler de vivienda habitual
- nacimiento o adopción de hijos
- inversiones en vivienda
- determinadas situaciones familiares
Es importante revisarlas correctamente, ya que muchas veces no aparecen automáticamente en el borrador .
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Revisión del borrador
Cada año la Agencia Tributaria facilita el borrador de la declaración , pero esto no significa que sea correcto .
Es frecuente que falten datos como:
- deducciones autonómicas
- cuotas de sindicatos o colegios profesionales
- aportaciones a planes de pensiones
- rendimientos o gastos de actividades económicas
Por este motivo, es recomendable revisarlo antes de confirmarlo.




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