El 01/07/2025 muchas empresas decidieron ya empezar con el Verifactu y después de unos días todavía surgen dudas sobre la diferencia entre el Verifactu o SII. Por ello hemos hecho una tabla resumen sobre un sistema y otro.
Tabla comparativa entre el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y el SIF Verifactu, destacando sus principales diferencias:
Característica | Suministro Inmediato de Información (SII) | SIF Verifactu |
Objetivo | Control fiscal en tiempo real de los registros de IVA. | Garantizar la autenticidad e integridad de las facturas con un registro seguro. |
Normativa asociada | Real Decreto 596/2016 y Ley General Tributaria. | Ley Antifraude (Ley 11/2021) y futura normativa del sistema Verifactu. |
Obligatoriedad | Empresas con volumen de operaciones superior a 6 M€, inscritos en REDEME o grupos de IVA. | Aplicable a todos los contribuyentes que voluntariamente quieran garantizar la autenticidad de sus facturas. |
Funcionamiento | Envío de registros de facturación a la AEAT en un máximo de 4 días hábiles. | Registro de facturas con un sistema de verificación inmutable antes de su emisión. |
Quién lo implementa | Empresas obligadas o que se adhieren voluntariamente. | Software de facturación certificado por la Agencia Tributaria. |
Finalidad | Agilizar la gestión del IVA y reducir el fraude fiscal. | Evitar la manipulación de facturas y mejorar la trazabilidad fiscal. |
Formato de facturación | No impone un formato específico, pero debe ser compatible con el SII. | Factura electrónica con un sistema de certificación y hash digital. |
Control de la AEAT | Monitorización casi en tiempo real de la contabilidad de IVA. | Registro inalterable de las facturas en el momento de emisión. |
Beneficios para empresas | Facilita la automatización contable y reduce errores en la gestión del IVA. | Ofrece mayor seguridad fiscal y facilita el cumplimiento normativo sin necesidad de comprobaciones posteriores. |
Requisitos técnicos | Conexión con la AEAT a través de un software de gestión compatible. | Uso de software de facturación que garantice la integridad de los datos. |
Conclusión:
- El SII está enfocado en la gestión del IVA y el control tributario en tiempo real.
- El SIF Verifactu busca garantizar la autenticidad de las facturas mediante un sistema de certificación.
- La elección entre el SII (Suministro Inmediato de Información) y el SIF Verifactu dependerá del tipo de empresa, su volumen de facturación y sus necesidades en términos de control fiscal, automatización y cumplimiento normativo.
- Comparación según el tipo de empresa y necesidades
Criterio | SII (Suministro Inmediato de Información) | SIF Verifactu |
Tamaño de la empresa | Empresas grandes o con alto volumen de facturación. | Empresas de cualquier tamaño, especialmente PYMEs y autónomos. |
Obligatoriedad | Obligatorio para empresas con más de 6 M€ en facturación, grupos de IVA o REDEME. | Voluntario, pero recomendado para garantizar la trazabilidad de las facturas. |
Gestión del IVA | Facilita la automatización y declaración casi en tiempo real del IVA. | No está enfocado en la declaración del IVA, sino en la autenticidad de las facturas. |
Prevención del fraude | Controla las operaciones declaradas a Hacienda, pero no evita la manipulación de facturas antes de su emisión. | Registra y certifica facturas de forma inmutable antes de su emisión, evitando fraudes. |
Requisitos técnicos | Necesita un software compatible con la AEAT para enviar información en 4 días. | Requiere un software de facturación certificado por la Agencia Tributaria. |
Carga administrativa | Puede aumentar la carga administrativa para empresas con alto volumen de facturación. | Menos carga administrativa, ya que el software certifica las facturas automáticamente. |
Automatización | Requiere integración con sistemas contables avanzados. | Simplifica la gestión con software que automatiza el proceso de facturación segura. |
¿Cuál es mejor para cada empresa?
-
SII: Empresas grandes y fiscalmente obligadas
- Si la empresa factura más de 6M€ anuales o pertenece al régimen especial del IVA, no hay opción: debe cumplir con el SII.
- Es ideal para empresas que buscan automatizar la declaración del IVA y tienen la capacidad de gestionar su integración con la AEAT.
-
SIF Verifactu: Empresas pequeñas, PYMEs y autónomos
- Es más flexible y está pensado para empresas de cualquier tamaño que quieran garantizar la autenticidad de sus facturas y evitar problemas con la Agencia Tributaria.
- Reduce la carga administrativa y simplifica la fiscalidad con facturación certificada desde el momento de la emisión.
Conclusión
- Si una empresa está obligada al SII, deberá implementarlo sí o sí. Sin embargo, si una empresa no está obligada, el SIF Verifactu puede ser una mejor alternativa para garantizar la seguridad fiscal y prevenir fraudes sin tanto impacto administrativo.
- Mejor estrategia: Empresas que usan el SII pueden complementarlo con el SIF Verifactu para asegurar facturación inalterable y una mejor trazabilidad contable.
Thaïs Amor
Dep Fiscal
Leave A Comment