El 01/07/2025 muchas empresas decidieron ya empezar con el Verifactu y después de unos días todavía surgen dudas sobre la diferencia entre el Verifactu o SII. Por ello hemos hecho una tabla resumen sobre un sistema y otro.

Tabla comparativa entre el Sistema de Suministro Inmediato de Información (SII) y el SIF Verifactu, destacando sus principales diferencias:

Característica Suministro Inmediato de Información (SII) SIF Verifactu
Objetivo Control fiscal en tiempo real de los registros de IVA. Garantizar la autenticidad e integridad de las facturas con un registro seguro.
Normativa asociada Real Decreto 596/2016 y Ley General Tributaria. Ley Antifraude (Ley 11/2021) y futura normativa del sistema Verifactu.
Obligatoriedad Empresas con volumen de operaciones superior a 6 M€, inscritos en REDEME o grupos de IVA. Aplicable a todos los contribuyentes que voluntariamente quieran garantizar la autenticidad de sus facturas.
Funcionamiento Envío de registros de facturación a la AEAT en un máximo de 4 días hábiles. Registro de facturas con un sistema de verificación inmutable antes de su emisión.
Quién lo implementa Empresas obligadas o que se adhieren voluntariamente. Software de facturación certificado por la Agencia Tributaria.
Finalidad Agilizar la gestión del IVA y reducir el fraude fiscal. Evitar la manipulación de facturas y mejorar la trazabilidad fiscal.
Formato de facturación No impone un formato específico, pero debe ser compatible con el SII. Factura electrónica con un sistema de certificación y hash digital.
Control de la AEAT Monitorización casi en tiempo real de la contabilidad de IVA. Registro inalterable de las facturas en el momento de emisión.
Beneficios para empresas Facilita la automatización contable y reduce errores en la gestión del IVA. Ofrece mayor seguridad fiscal y facilita el cumplimiento normativo sin necesidad de comprobaciones posteriores.
Requisitos técnicos Conexión con la AEAT a través de un software de gestión compatible. Uso de software de facturación que garantice la integridad de los datos.

Conclusión:

  • El SII está enfocado en la gestión del IVA y el control tributario en tiempo real.
  • El SIF Verifactu busca garantizar la autenticidad de las facturas mediante un sistema de certificación.
  • La elección entre el SII (Suministro Inmediato de Información) y el SIF Verifactu dependerá del tipo de empresa, su volumen de facturación y sus necesidades en términos de control fiscal, automatización y cumplimiento normativo.
  • Comparación según el tipo de empresa y necesidades
Criterio SII (Suministro Inmediato de Información) SIF Verifactu
Tamaño de la empresa Empresas grandes o con alto volumen de facturación. Empresas de cualquier tamaño, especialmente PYMEs y autónomos.
Obligatoriedad Obligatorio para empresas con más de 6 M€ en facturación, grupos de IVA o REDEME. Voluntario, pero recomendado para garantizar la trazabilidad de las facturas.
Gestión del IVA Facilita la automatización y declaración casi en tiempo real del IVA. No está enfocado en la declaración del IVA, sino en la autenticidad de las facturas.
Prevención del fraude Controla las operaciones declaradas a Hacienda, pero no evita la manipulación de facturas antes de su emisión. Registra y certifica facturas de forma inmutable antes de su emisión, evitando fraudes.
Requisitos técnicos Necesita un software compatible con la AEAT para enviar información en 4 días. Requiere un software de facturación certificado por la Agencia Tributaria.
Carga administrativa Puede aumentar la carga administrativa para empresas con alto volumen de facturación. Menos carga administrativa, ya que el software certifica las facturas automáticamente.
Automatización Requiere integración con sistemas contables avanzados. Simplifica la gestión con software que automatiza el proceso de facturación segura.

 

¿Cuál es mejor para cada empresa?

  • SII: Empresas grandes y fiscalmente obligadas

    • Si la empresa factura más de 6M€ anuales o pertenece al régimen especial del IVA, no hay opción: debe cumplir con el SII.
    • Es ideal para empresas que buscan automatizar la declaración del IVA y tienen la capacidad de gestionar su integración con la AEAT.
  • SIF Verifactu: Empresas pequeñas, PYMEs y autónomos

    • Es más flexible y está pensado para empresas de cualquier tamaño que quieran garantizar la autenticidad de sus facturas y evitar problemas con la Agencia Tributaria.
    • Reduce la carga administrativa y simplifica la fiscalidad con facturación certificada desde el momento de la emisión.

Conclusión

  • Si una empresa está obligada al SII, deberá implementarlo sí o sí. Sin embargo, si una empresa no está obligada, el SIF Verifactu puede ser una mejor alternativa para garantizar la seguridad fiscal y prevenir fraudes sin tanto impacto administrativo.
  • Mejor estrategia: Empresas que usan el SII pueden complementarlo con el SIF Verifactu para asegurar facturación inalterable y una mejor trazabilidad contable.

Thaïs Amor
Dep Fiscal