Ganancia Patrimonial: Cambios en la tributación 

 

Seguimos en nuestro blog hablando de cuestiones que pueden afectar al ejercicio que está a punto de terminar, en este caso hablaremos de las ganancias patrimoniales que usted pueda obtener en este 2020.

 

Consideramos una ganancia o pérdida patrimonial aquellas variaciones en el valor del patrimonio de un contribuyente que afecte al mismo, menos cuando la ley lo considere como un rendimiento. 

 

Por ejemplo, si usted vende acciones será una pérdida o una ganancia patrimonial pero si usted cobra dividendos serán rendimientos del capital mobiliario. 

 

Si va a vender algún bien (pisos, locales, fincas rústicas, acciones, fondos inversión, …) y ello le va a reportar una ganancia importante, debe plantearse cerrar la operación antes de fin año de 2020. 

 

Los Presupuestos Generales del Estado 2021, aumentan la tributación de la base imponible del ahorro del IRPF.    En concreto, cuando dicha base supere los 200.000,00€,  el exceso tributa al 26% en lugar del 23% actual.

 

EJEMPLO :

Solar adquirido en 1999 por  170.000,00€ y se va a vender  por 500.000,00€.

 

Concepto Venta en 2020 Venta en 2021
Ganancia 330.000,00 330.000,00
Cuota IRPF 74.780,00 78.680,00

 

El ahorro por vender en 2020 es de :         3.900,00€

 

Por lo cual, si usted tiene una situación en la que pueda haber una ganancia o pérdida patrimonial contacte urgentemente con nuestros expertos, pues el ahorro fiscal y económico que pudiera obtener podría ser cuantioso. 

 

Francesc Xavier Roig Cubino

xavier@roigiroig.com