Clientes de dudoso cobro: Impagados
¿Tiene usted clientes impagados este ejercicio 2020?
Seguramente, este ha sido un año difícil para muchos de ustedes y se habrán encontrado con dificultades a la hora de cobrar de sus clientes. Ante esta situación usted se plantea como podría reflejarlo o tenerlo en cuenta para que se reduzca el beneficio a pagar.
Usted puede contabilizar y deducir los clientes impagados a través del deterioro de clientes. El deterioro de clientes son aquellas correcciones valorativas que ser realizan por créditos incobrables, es decir, aquellos que muy difícilmente vamos a poder recuperar. Provienen de las transacciones habituales de la empresa y vamos a plantear como tenerlo en cuenta en el momento del cierre del ejercicio.
Su deducibilidad solo será posible si se da una de estas situaciones siguientes:
- El deudor está en Concurso de Acreedores
- El deudor está procesado por Alzamiento de Bienes
- Nuestra empresa ha iniciado una Reclamación Judicial o Arbitral
- Han transcurrido seis meses (6) desde el vencimiento (pago) de la venta o servicio.
Prescripción de las deudas:
- Si debemos una factura y nuestro acreedor NO la reclama, es posible que la deuda se extinga por prescripción y ya no tengamos que pagarla.
- Si nos deben una factura y nuestro deudor NO la reclama, es posible que la deuda se extinga por prescripción y ya no podamos cobrarla.
Plazos:
- Tres (3) años para reclamar/pagar Honorarios Profesionales (gestores, abogados, médicos, ..…)
- Cinco (5) años para reclamar/pagar facturas de industriales y comerciales
Sepa también que para poder recuperar el IVA del crédito incobrable puede leer nuestra entrada: ¿Cómo recuperar el IVA de impagados?
Si usted se encuentra en esta situación y no sabe como debe proceder contacte con nuestros Economistas y Abogados para gestionar la situación.
Xavier Roig
Economista
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