Clientes de dudoso cobro: Impagados

 

¿Tiene usted clientes impagados este ejercicio 2020?

Seguramente, este ha sido un año difícil para muchos de ustedes y se habrán encontrado con dificultades a la hora de cobrar de sus clientes.  Ante esta situación usted se plantea como podría reflejarlo o tenerlo en cuenta para que se reduzca el beneficio a pagar.

Usted puede contabilizar y deducir los clientes impagados a través del deterioro de clientes. El deterioro de clientes son aquellas correcciones valorativas que ser realizan por créditos incobrables, es decir, aquellos que muy difícilmente vamos a poder recuperar. Provienen de las transacciones habituales de la empresa y vamos a plantear como tenerlo en cuenta en el momento del cierre del ejercicio.

 

Su deducibilidad solo será posible si se da una de estas situaciones siguientes: 

  • El deudor está en Concurso de Acreedores
  • El deudor está procesado por Alzamiento de Bienes
  • Nuestra empresa ha iniciado una Reclamación Judicial o Arbitral
  • Han transcurrido seis meses (6) desde el vencimiento (pago) de la venta o servicio.

 

Prescripción de las deudas: 

  • Si debemos una factura y nuestro acreedor NO la reclama, es posible que la deuda se extinga por prescripción y ya no tengamos que pagarla.
  • Si nos deben una factura y nuestro deudor NO la reclama, es posible que la deuda se extinga por prescripción y ya no podamos cobrarla.

 

Plazos:

  • Tres (3) años para reclamar/pagar Honorarios Profesionales (gestores, abogados, médicos, ..…)
  • Cinco (5) años para reclamar/pagar facturas de industriales y comerciales

 

Sepa también que para poder recuperar el IVA del crédito incobrable puede leer nuestra entrada: ¿Cómo recuperar el IVA de impagados?

 

Si usted se encuentra en esta situación y no sabe como debe proceder contacte con nuestros Economistas y Abogados para gestionar la situación.

 

 

Xavier Roig

Economista

xavier@roigiroig.com