GUÍA PARA SOLICITAR EL BORRADOR DE LA DECLARACIÓN DE LA RENTA 2015
Para solicitar el borrador de la declaración de la renta hay diversas opciones, y en este post os las explicamos todas. Ya nos encontramos en el ecuador de la declaración de renta y muchos todavía no habéis realizado la declaración, por lo que os facilitamos las diferentes formas que tenéis para solicitar el borrador de la renta 2015.
Solicite el número de referencia de la declaración de la Renta
Para solicitar telemáticamente el borrador de la renta y los datos fiscales es necesario que disponga del número de referencia. Para obtenerlo hay varias opciones.
Una de ellas es acudir a la casilla de la renta 2014, se ha tomado como referencia por la Agencia Tributaria y que este año corresponde a la 490 (que contiene la base liquidable general sometida a gravamen).
Debe introducir el importe que aparezca en esa casilla en el apartado correspondiente junto a su NIF/NIE y el número de móvil al que desee recibir por SMS el número de referencia de la declaración de la renta.
También podrán solicitar el número de referencia telefónicamente (901 12 12 24).
Hay que señalar que este año, el número de referencia de la declaración de la renta será personal, no estando vinculado a ningún expediente, por lo que se podrán solicitar varios números de referencia, siendo válido únicamente el obtenido en último lugar.
Acceda al borrador
Una vez obtenido el número de referencia de la declaración de la renta, el contribuyente podrá acceder desde la web de la Agencia Tributaria a sus datos fiscales y al borrador para modificarlo, si es necesario, y confirmarlo.
Acceso con DNIe o cl@ve PIN
También puede acceder directamente al borrador de la declaración de la renta si tiene el certificado electrónico y la cl@ve PIN.
Por correo
Además, los ciudadanos pueden recibir el borrador por correo ordinario, si se confirmó el borrador de 2014, no se ha accedido a Renta WEB y no se ha presentado su declaración de IRPF 2015.
Verifique los datos
La Agencia Tributaria recuerda que «corresponde a cada contribuyente que haya obtenido el borrador revisar si sus datos personales y económicos están completos y son correctos». Si en la comprobación no se detecta que falte algo, el contribuyente puede presentarlo o confirmarlo, adquiriendo desde ese momento la consideración de declaración de Renta del ejercicio. Si, por el contrario, se comprueba que el borrador está incompleto o tiene algún aviso de que debe incluirse algún dato, el contribuyente puede modificarlo por internet o por teléfono.
Rendimientos de actividades económicas
Los contribuyentes que hayan tenido actividades económicas durante el ejercicio, no podrán acceder al borrador, en cambio si a los datos fiscales.
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